CASOS JURIDICOS RELEVANTES EN MATERIA MERCANTIL POR: NALLELY PRUDENTE REYES
PROCESOS
JURÍDICOS RELEVANTES
POR:
NALLELY PRUDENTE REYES
Caso
histórico:
- Caso "Ponce" (1889): Este caso estableció el principio de la libertad de
contratación, que es uno de los pilares del derecho mercantil ecuatoriano.
En este caso, la Corte Suprema de Justicia falló a favor de un comerciante
que había celebrado un contrato que era contrario a la ley, pero que había
sido libremente aceptado por ambas partes.
Casos contemporáneos:
- Caso "Telefónica"
(2007): Este caso estableció el
principio de la responsabilidad social empresarial, que obliga a las
empresas a tomar en cuenta los intereses de la sociedad en sus
actividades. En este caso, la Corte Nacional de Justicia falló a favor de
un grupo de ciudadanos que exigían a la empresa Telefónica que respetara
el medio ambiente en sus operaciones.
- Caso "Banco del
Pacífico" (2012): Este
caso estableció el principio de la protección de los consumidores, que les
otorga derechos especiales en sus relaciones con las empresas. En este
caso, la Corte Nacional de Justicia falló a favor de un grupo de
consumidores que habían sido afectados por una estafa del Banco del
Pacífico.
- Caso "Petroecuador"
(2022): Este caso estableció el
principio de la transparencia en la contratación pública, que obliga a las
entidades públicas a informar sobre sus procesos de contratación. En este
caso, la Corte Nacional de Justicia falló a favor de un grupo de
ciudadanos que exigían a la empresa Petroecuador que transparentara
A continuación, se presentan algunos detalles adicionales
sobre estos casos:
Caso
"Ponce" (1889)
En
este caso, un comerciante celebró un contrato de compraventa de un terreno que
estaba ubicado en una zona que estaba prohibida para la construcción. El
contrato fue declarado nulo por la Corte Suprema de Justicia, pero el
comerciante argumentó que tenía derecho a celebrar el contrato porque había
sido libremente aceptado por ambas partes.
La
Corte Suprema de Justicia falló a favor del comerciante, estableciendo el
principio de la libertad de contratación. Este principio establece que las
personas tienen derecho a celebrar los contratos que quieran, siempre que no
sean contrarios a la ley, a la moral o al orden público.
Caso
"Telefónica" (2007)
En
este caso, un grupo de ciudadanos exigió a la empresa Telefónica que respetara
el medio ambiente en sus operaciones. La empresa argumentaba que no tenía la
obligación de hacerlo, ya que no estaba legalmente obligada.
La
Corte Nacional de Justicia falló a favor de los ciudadanos, estableciendo el
principio de la responsabilidad social empresarial. Este principio establece
que las empresas tienen la obligación de tomar en cuenta los intereses de la
sociedad en sus actividades, incluso si no están legalmente obligadas a
hacerlo.
Caso
"Banco del Pacífico" (2012)
En
este caso, un grupo de consumidores exigió al Banco del Pacífico que les
reembolsara el dinero que habían perdido en una estafa. El banco argumentaba
que no tenía la obligación de hacerlo, ya que los consumidores habían sido
negligentes.
La
Corte Nacional de Justicia falló a favor de los consumidores, estableciendo el
principio de la protección de los consumidores. Este principio establece que
los consumidores tienen derechos especiales en sus relaciones con las empresas,
incluso si han sido negligentes.
Caso
"Petroecuador" (2022)
En
este caso, un grupo de ciudadanos exigió a la empresa Petroecuador que
transparentara su proceso de contratación de una obra pública. La empresa
argumentaba que no tenía la obligación de hacerlo, ya que no estaba legalmente
obligada.
La
Corte Nacional de Justicia falló a favor de los ciudadanos, estableciendo el
principio de la transparencia en la contratación pública. Este principio
establece que las entidades públicas tienen la obligación de informar sobre sus
procesos de contratación, incluso si no están legalmente obligadas a hacerlo.
CASO
DE FILANBANCO
Se
lo conocía como el “Banco del Ecuador”. Filanbanco llegó a ser el más grande
del país con el 14 % de la clientela del sistema financiero nacional en sus
mejores épocas, allá por los años 90. Pero el 2 de diciembre de 1998 pasó a
manos del Estado, a través de la naciente Agencia de Garantía de Depósitos (AGD),
bajo la figura de restructuración abierta. Finalmente, la institución cerró
totalmente el 17 de julio de 2001.
Luego de 12 años de
proceso penal, la Corte Nacional de Justicia (CNJ), emitió la sentencia final
contra los responsables de la quiebra de Filanbanco que llevó a crisis a miles
de cuentahorristas de todo el Ecuador.
Por el delito de peculado
deberán cumplir una condena de ocho años de reclusión mayor ordinaria: Roberto
Isaías Dassum, William Isaías Dassum, presidente y vicepresidente del
directorio de Filanbanco, respectivamente; Juan Franco Porras, gerente general y
representante legal; Gastón García González, auditor interno; además de
Leonardo Navas Banchón y Antonio Arenas, contadores.
Por su parte, Jorge Egas
Peña y Luis Jácome Hidalgo fueron sentenciados a tres años de reclusión
mayor ordinaria por cómplices del delito de peculado, indica la providencia de
la Sala de lo Penal de la CNJ.
Acogiendo la sentencia,
Galo Chiriboga Zambrano, fiscal General del Estado expresó que “se termina una
historia lamentable para el pueblo ecuatoriano, luego de 12 años, en que se
pretendió dejar este caso en la impunidad”.
El 10 de marzo anterior,
Galo Chiriboga evidenció en audiencia de estrados todas las pruebas que
presentó la Fiscalía General del Estado para pedir la condena que hoy
finalmente se concreta.
Para la sentencia, la CNJ
consideró las evidencias que mostraron los problemas de insolvencia que
arrastraba Filanbanco, mucho antes de pasar a control estatal.
En este caso fueron
absueltos: Boanergues Pereira Espinoza, Daniel Rodríguez Galarza, Gloria
Magdalena Ávila Aguilar, María del Carmen Morla y Tyrone Castro Castro.
De acuerdo con la
resolución final de la CNJ, los sentenciados quedan en interdicción, mientras
dura la condena; así como se suspenden sus derechos de ciudadanía, por el mismo
tiempo. La Policía Nacional también fue notificada para la localización
y captura de los sentenciados.
Con la sentencia emitida
por la CNJ, es posible la reactivación del pedido de extradición de los
hermanos Isaías y demás condenados que residen en el exterior, en especial en
EE.UU.
Comentarios
Publicar un comentario