CASOS JURIDICOS RELEVANTES EN MATERIA MERCANTIL POR: NALLELY PRUDENTE REYES

 


PROCESOS JURÍDICOS RELEVANTES

POR: NALLELY PRUDENTE REYES

Caso histórico:

  • Caso "Ponce" (1889): Este caso estableció el principio de la libertad de contratación, que es uno de los pilares del derecho mercantil ecuatoriano. En este caso, la Corte Suprema de Justicia falló a favor de un comerciante que había celebrado un contrato que era contrario a la ley, pero que había sido libremente aceptado por ambas partes.

Casos contemporáneos:

  • Caso "Telefónica" (2007): Este caso estableció el principio de la responsabilidad social empresarial, que obliga a las empresas a tomar en cuenta los intereses de la sociedad en sus actividades. En este caso, la Corte Nacional de Justicia falló a favor de un grupo de ciudadanos que exigían a la empresa Telefónica que respetara el medio ambiente en sus operaciones.
  • Caso "Banco del Pacífico" (2012): Este caso estableció el principio de la protección de los consumidores, que les otorga derechos especiales en sus relaciones con las empresas. En este caso, la Corte Nacional de Justicia falló a favor de un grupo de consumidores que habían sido afectados por una estafa del Banco del Pacífico.
  • Caso "Petroecuador" (2022): Este caso estableció el principio de la transparencia en la contratación pública, que obliga a las entidades públicas a informar sobre sus procesos de contratación. En este caso, la Corte Nacional de Justicia falló a favor de un grupo de ciudadanos que exigían a la empresa Petroecuador que transparentara

 

A continuación, se presentan algunos detalles adicionales sobre estos casos:

Caso "Ponce" (1889)

En este caso, un comerciante celebró un contrato de compraventa de un terreno que estaba ubicado en una zona que estaba prohibida para la construcción. El contrato fue declarado nulo por la Corte Suprema de Justicia, pero el comerciante argumentó que tenía derecho a celebrar el contrato porque había sido libremente aceptado por ambas partes.

La Corte Suprema de Justicia falló a favor del comerciante, estableciendo el principio de la libertad de contratación. Este principio establece que las personas tienen derecho a celebrar los contratos que quieran, siempre que no sean contrarios a la ley, a la moral o al orden público.

Caso "Telefónica" (2007)

En este caso, un grupo de ciudadanos exigió a la empresa Telefónica que respetara el medio ambiente en sus operaciones. La empresa argumentaba que no tenía la obligación de hacerlo, ya que no estaba legalmente obligada.

La Corte Nacional de Justicia falló a favor de los ciudadanos, estableciendo el principio de la responsabilidad social empresarial. Este principio establece que las empresas tienen la obligación de tomar en cuenta los intereses de la sociedad en sus actividades, incluso si no están legalmente obligadas a hacerlo.

Caso "Banco del Pacífico" (2012)

En este caso, un grupo de consumidores exigió al Banco del Pacífico que les reembolsara el dinero que habían perdido en una estafa. El banco argumentaba que no tenía la obligación de hacerlo, ya que los consumidores habían sido negligentes.

La Corte Nacional de Justicia falló a favor de los consumidores, estableciendo el principio de la protección de los consumidores. Este principio establece que los consumidores tienen derechos especiales en sus relaciones con las empresas, incluso si han sido negligentes.

Caso "Petroecuador" (2022)

En este caso, un grupo de ciudadanos exigió a la empresa Petroecuador que transparentara su proceso de contratación de una obra pública. La empresa argumentaba que no tenía la obligación de hacerlo, ya que no estaba legalmente obligada.

La Corte Nacional de Justicia falló a favor de los ciudadanos, estableciendo el principio de la transparencia en la contratación pública. Este principio establece que las entidades públicas tienen la obligación de informar sobre sus procesos de contratación, incluso si no están legalmente obligadas a hacerlo.

CASO DE FILANBANCO

Se lo conocía como el “Banco del Ecuador”. Filanbanco llegó a ser el más grande del país con el 14 % de la clientela del sistema financiero nacional en sus mejores épocas, allá por los años 90. Pero el 2 de diciembre de 1998 pasó a manos del Estado, a través de la naciente Agencia de Garantía de Depósitos (AGD), bajo la figura de restructuración abierta. Finalmente, la institución cerró totalmente el 17 de julio de 2001.

Luego de 12 años de proceso penal, la Corte Nacional de Justicia (CNJ), emitió la sentencia final contra los responsables de la quiebra de Filanbanco que llevó a crisis a miles de cuentahorristas de todo el Ecuador.

Por el delito de peculado deberán cumplir una condena de ocho años de reclusión mayor ordinaria: Roberto Isaías Dassum, William Isaías Dassum, presidente y vicepresidente del directorio de Filanbanco, respectivamente; Juan Franco Porras, gerente general y representante legal; Gastón García González, auditor interno; además de Leonardo Navas Banchón y Antonio Arenas, contadores.

Por su parte, Jorge Egas Peña y Luis Jácome Hidalgo fueron sentenciados  a tres años de reclusión mayor ordinaria por cómplices del delito de peculado, indica la providencia de la Sala de lo Penal de la CNJ.

Acogiendo la sentencia, Galo Chiriboga Zambrano, fiscal General del Estado expresó que “se termina una historia lamentable para el pueblo ecuatoriano, luego de 12 años, en que se pretendió dejar este caso en la impunidad”.

El 10 de marzo anterior, Galo Chiriboga evidenció en audiencia de estrados todas las pruebas que presentó la Fiscalía General del Estado para pedir la condena que hoy finalmente se concreta.

Para la sentencia, la CNJ consideró las evidencias que mostraron los problemas de insolvencia que arrastraba Filanbanco, mucho antes de pasar a control estatal.

En este caso fueron absueltos: Boanergues Pereira Espinoza, Daniel Rodríguez Galarza, Gloria Magdalena Ávila Aguilar, María del Carmen Morla y Tyrone Castro Castro.

De acuerdo con la resolución final de la CNJ, los sentenciados quedan en interdicción, mientras dura la condena; así como se suspenden sus derechos de ciudadanía, por el mismo tiempo. La Policía Nacional  también fue notificada  para la localización y captura de los sentenciados.

Con la sentencia emitida por la CNJ, es posible la reactivación del pedido de extradición de los hermanos Isaías y demás condenados que residen en el exterior, en especial en EE.UU.


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